Consultorio online.

Desde esta sección podrá tomar una primera toma de contacto con nuestro equipo, exponer su caso y recibir las primeras pautas para resolverlo exitósamente.

Además podrá encontrar entre las peticiones realizadas algún caso similar al suyo. Recuerde, estamos para ayudarle.

Pulse aquí para acceder al formulario, donde podrá utilizar el consultorio online.

Introduce tu consulta

Enviando este formulario el usuario acepta expresamente nuestras políticas de confidencialidad.




subida del ipc y la manutencion

05/06/2012 9:53
Cliente: debora

Me separé hace 9 años del padre de mi hijo.En 2009 hubo sentencia en firme sobre la guardia y custodia, que la tengo yo, y en estos 3 años no me sube el IPC., ¿qúe puedo hacer?

  1. La actualización de la pensión de alimentos, de conformidad con la subida del IPC, debe venir regulada en la sentencia, o en el convenio regulador de la separación en los supuestos de mutuo acuerdo. Aunque le compete al obligado al pago proceder a su actualización anual, sin requerimiento previo, no está de más notificarle anualmente el importe de la pensión actualizada, a modo de como se realiza para los arrendamientos. Si el obligado al pago no las satisface de manerea voluntaria, se puede solicitar judicialmente acompañando certificado del INE, e incluso acudir a la vía de apremio contra los bienes del deudor.
    En cuanto a si se puede actualizar la pensión que lleva años sin variar, el derecho a actualizarla no prescribe nunca, pudiendo actualizarse conforme a los subidas del IPC producidas en los años anteriores. Ahora, este mayor importe de la pensión una vez actualizada, se puede solicitar con carácter retroactivo hasta por un período de cinco años, pues los anteriores a esa fecha se considerarán prescritos.

    Gracias por contactar con el servicio.